domingo, 6 de marzo de 2016

LA MEDIACION, LA AMIGABLE COMPOSICION Y EL ARBITRAJE Hay que saber que en Colombia contamos con métodos de solución pacífica de los conflictos, en los que dentro de la convivencia de las personas solemos enfrentarnos, resaltando la importancia de la forma en que los mecanismos alternativos de solución de conflictos nos pueden ayudar de una manera ágil, eficaz, idónea, imparcial, legitima y confidencial. Utilizando los MASC no tenemos que recurrir a los procesos judiciales tradicionales, ya que obtenemos celeridad en los procesos y diferentes posibilidades para las personas envueltas en conflictos obtener una solución. Entre ellos encontramos la mediación, la amigable composición y el arbitraje, consagrados en la legislación Colombiana: Mediación: Es un proceso en el cual dos o más partes resuelven sus diferencias por sí mismas, de manera autónoma y amigable, con la ayuda de un tercero imparcial no involucrado en el conflicto, que ha sido aceptado por las partes para cooperar con ellas en la búsqueda de un acuerdo que satisfaga sus necesidades, intereses y sentimientos de manera equitativa. Las partes que interviene en la mediación es la Parte A, Tercero Ajeno y parte B. El mediador es el tercero ajeno al conflicto, capacitado para asistir a cada una de las partes dentro del conflicto, para la búsqueda de la solución. La amigable composición: Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas (naturales o jurídicas, privadas o públicas) delegan en un tercero, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición. Las partes que interviene en la amigable composición es el Actor A, el Actor B y los Amigables componedores. La responsabilidad del amigable componedor es civil contractual, adherida al contrato de mandato por la cual está cumpliendo su función. Las clases de la amigable composición son: Derecho, equidad y técnica. El arbitraje: Es un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias a través del cual las partes acuerdan que la resolución de sus conflictos será sometida a un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios Árbitros, expertos en la materia, quienes resuelven el conflicto mediante un fallo denominado Laudo Arbitral, el cual se asimila a una sentencia judicial. Los principios del arbitraje son: Celeridad, igualdad de las partes, confidencialidad, transparencia en los procedimientos. Las clases de arbitraje son: en equidad, derecho y técnico. Es un método de solución más efectivo, por la eficacia, rapidez con que resuelven los conflictos CONCLUSIONES: - Los métodos alternativos de solución de conflictos se convierten en herramientas eficaces para la correcta prestación del servicio de justicia. - En Colombia, pese a que la ley no obliga a adoptar un procedimiento en particular, las partes son libres de diseñar al que mejor les parezca, acogiendo los criterios mínimos recogidos por la Corte Constitucional. - Estos métodos alternativos de solución de conflictos deja a disposición de los interesados una forma breve de plasmar un trámite de sus diferencias a través de la mediación, amigable composición o arbitraje, con la finalidad de hacer efectivos sus derechos o de reclamar el cumplimiento de las obligaciones. - Su utilización no es gratuita, lo cual puede ser una desventaja. LINDELIA ISABEL GRAJALES YEPES

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